¿Su relación no ha finalizado en los mejores términos y no están de acuerdo en nada?
El proceso de ruptura sin acuerdo se inicia con la interposición de una demanda contenciosa. Siempre se aconseja intentar llegar a un acuerdo de forma previa. Lo que se solicita en dicha demanda variará en función de la situación de cada pareja, de si existe matrimonio o no, hijos en común, propiedades en común, desequilibrio de ingresos o de bienes, etc. Si hay aspectos a regular urgentes, la demanda puede acompañar una solicitud de medidas provisionales, que se tramitarán de forma más rápida para asegurar que las partes tengan una resolución provisional mientras llega el juicio principal. En este caso, habrá un primer “juicio” para las medidas provisionales y un segundo juicio para la demanda principal, aunque en ocasiones los juzgados agrupan los dos juicios en uno.
Lo que se solicita es diferente en cada pareja, pero el proceso es el mismo:
- Interponemos la demanda contenciosa. Tendremos que presentar un poder notarial o acudir al juzgado a realizarlo cuando nos requieran para que la admitan a trámite.
- El Juzgado admite a trámite la demanda.
- Se la envían a la otra parte y le dan 20 días hábiles para contestar. Si se han pedido medidas provisionales, se la envían ya con la fecha del primer juicio.
- Se celebra el primer juicio si es el caso.
- Una vez que pasen los 20 días y/o la parte contraria haya contestado, nos darán la fecha del segundo juicio. Si los 20 días pasan antes del primer juicio, se aprovechará esa fecha y se hará únicamente un juicio.
- Se celebra el juicio principal.
Las partes pueden llegar a un acuerdo en cualquier momento y finalizar el proceso contencioso:
- Cuando la parte contraria recibe la demanda.
- Antes del primer juicio.
- Antes del segundo juicio.
- En el mismo momento del juicio, antes de entrar a sala.
Dependiendo del momento en que se llegue al acuerdo habrá que hacer unos pasos u otros, pero el juicio no se celebrará.
En caso de que el juicio tenga que celebrarse, las partes propondrán sus pruebas y una vez que se practiquen todas, el Juez dictará sentencia resolviendo. Esta sentencia podrá recurrirse si no se ajusta a lo esperado ante la Audiencia Provincial competente.
En JRCAbogada le explicaremos detalladamente todas las opciones posibles y le asesoraremos sobre lo que le corresponde según las circunstancias de su caso. Nuestra máxima es personalizar cada caso para adaptarlo al cliente y a sus necesidades. Si está pensando en tramitar su ruptura no dude en contactar con nosotras y concertar visita.
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